Otras oficinas

5 de enero de 2021 / BY

El artículo 6.1 de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción establece que «Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, debe garantizar la existencia de un órgano u órganos, según proceda, encargados de prevenir la corrupción […] a los que los Estados deben dotar de la necesaria independencia. Asimismo, el artículo 36 del mismo instrumento establece, bajo el título «Autoridades especializadas», que «Cada Estado Parte […] se asegurará de que dispone de uno o más órganos o personas especializadas en la lucha contra la corrupción mediante la aplicación coercitiva de la ley.»

La Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción no es el único instrumento que ha velado por la adopción de organismos de lucha contra la corrupción y de que éstos gocen de la independencia necesaria (como el Convenio penal sobre la corrupción del Consejo de Europa).

Por tanto, en cumplimiento de las obligaciones internacionales suscritas, la existencia tanto de organismos de prevención como de lucha contra la corrupción (e híbridos) ha sido adoptada por los legisladores de la mayor parte de los países del mundo.

Los modelos institucionalizados en el ámbito europeo podrían clasificarse en tres grupos:

  • Agencias multidisciplinares (multi-purpose agencies)
  • Instituciones de aplicación de la ley (law enforcement type institutions)
  • Instituciones preventivas, de desarrollo de políticas anticorrupción y de organismos de coordinación (preventive, policy development and co-ordination institutions).

A continuación se encuentran los enlaces a diferentes oficinas o agencias anticorrupción:

En España:

– OFICINA ANTIFRAUDE DE CATALUÑA

– AGENCIA VALENCIANA ANTIFRAUDE

En Europa:

– AGENCIA FRANCESA ANTICORRUPCIÓN

– OFICINA FEDERAL ANTICORRUPCIÓN DE AUSTRIA

– AUTORIDAD NACIONAL ANTICORRUPCIÓN DE ITALIA

– OFICINA CENTRAL PARA LA REPRESIÓN DE LA CORRUPCIÓN DE BÉLGICA

En América:

– OFICINA ANTICORRUPCIÓN ARGENTINA

– UNIDAD PERMANENTE ANTICORRUPCIÓN DE QUEBEC

– FOREIGN CORRUPT PRACTICE ACT DE ESTADOS UNIDOS

En Asia:

INDEPENDENT COMISSION AGAINST CORRUPTION (ICAC) DE HONG KONG

CORRUPTION ERADICATION COMISSION (KPK) DE INDONESIA

OFFICE OF THE OMBUDSMAN (OMB) DE FILIPINAS

CORRUPTION PRACTICES INVESTIGATION BUREAU (CPIB) DE SINGAPUR

ANTI-CORRUPTION AND CIVIL RIGHTS COMMISSION (ACRC) DE KOREA

Organismos internacionales:

– INTERNATIONAL ASSOCIATION OF ANTI-CORRUPTION AUTHORITIES

– UNITED NATIONS CONVENTION AGAINST CORRUPTION

– PARTNERING AGAINST CORRUPTION INITIATIVE (WORLD ECONOMIC FORUM)

– OECD GLOBAL ANTI-CORRUPTION & INTEGRITY FORUM

– INTERNATIONAL ANTI-CORRUPTION ACADEMY

– GROUP OF STATES AGAINST CORRUPTION (GRECO)

– INTERNATIONAL CENTRE FOR ASSET RECOVERY (ICAR)

– EUROPEAN HEALTHCARE FRAUD & CORRUPTION NETWORK

– INTERNATIONAL CORRUPTION HUNTERS ALLIANCE (WORLD BANK)

– INTERNATIONAL ANTI-CORRUPTION COORDINATION CENTRE

– INTERPOL’S ANTI-CORRUPTION AND FINANCIAL CRIMES

Marco normativo

Normativa local

Normativa nacional