La Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Islas Baleares ofrece a través de este canal de comunicaciones, un buzón para que cualquier persona pueda denunciar cualquier situación de fraude o corrupción de la que tenga constancia en el sector público balear.
La Ley 16/2016, de creación de esta Oficina, y la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establecen la regulación de los canales de denuncia, confidencialidad, garantías del denunciante y su protección.
Puede hacer su denuncia identificándose o bien, si lo prefiere, puede hacerlo de forma anónima mediante correo postal oa a través de este Canal de denuncias. Independientemente de que se identifique o no en la denuncia, siempre garantizamos la confidencialidad de sus comunicaciones.
El canal de denuncias es un canal seguro de admisión de las comunicaciones en el que, si se elige la denuncia anónima, permite el anonimato durante todo el proceso, se oculta la identificación de su dispositivo conectado a la red (dirección IP) y al mismo tiempo permite la bidireccionalidad de las comunicaciones con el denunciante.
El tratamiento de los datos para la protección de las personas denunciantes será el previsto en el artículo 24 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Si desea garantizar completamente el anonimato y no dejar rastro de su dirección IP, se recomienda utilizar la red TOR. Por eso debe descargar el navegador desde la página de descarga y acceder al canal de denuncias desde este navegador. Se recomienda cerrar el resto de navegadores y aplicaciones mientras utiliza la red TOR.
En cualquier caso, debe conocer sus derechos y obligaciones.
2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | Total | |
En proceso de investigación | 0 | 1 | 14 | 3 | 1 | 0 | 19 |
Finalizadas - actuaciones en autoridad judicial / fiscal | 5 | 7 | 5 | 1 | 0 | 0 | 18 |
Finalizadas - archivo | 32 | 43 | 45 | 60 | 49 | 0 | 229 |
Finalizadas - archivo con recomendación | 4 | 10 | 4 | 0 | 0 | 0 | 18 |
Finalizadas - informe razonado | 9 | 15 | 4 | 2 | 1 | 0 | 33 |
Pendientes de tramitar | 0 | 0 | 53 | 58 | 82 | 14 | 207 |
Total | 50 | 76 | 125 | 124 | 133 | 14 | 522 |
Última actualización: 21 de marzo de 2024
En proceso de investigación: el Área de investigación está constatando y documentando casos concretos de uso o destino ilegales de fondos públicos, o cualquier otro aprovechamiento irregular, y también las conductas opuestas a la probidad o contrarias a los principios de objetividad, eficacia y sumisión plena a la ley y al derecho.
Finalizadas – actuaciones en autoridad judicial / fiscal: la Oficina no tiene competencias en las funciones y materias que corresponden a la autoridad judicial, al ministerio fiscal y a la policía judicial, ni puede investigar los mismos hechos que sean objeto de sus investigaciones (art. 6, Ley 16/2016, de 9 de diciembre, de creación de la Oficina de Prevención y Lucha Contra la Corrupción en las Illes Balears).
Finalizadas – archivo: denuncias archivadas por falta de competencia, de indicios, por reiteración o solapamiento con otros hechos ya investigados o por ausencia de responsabilidades en caso de iniciarse una investigación.
Finalizadas – archivo con recomendación: denuncias archivadas por no haberse detectado conductas irregulares, pero con recomendaciones al órgano competente para la mejora de sus procedimientos o del sistema de integridad.
Finalizadas – informe razonado: informe final que contiene las conclusiones de las investigaciones con traslado al órgano correspondiente: autoridad judicial, Ministerio Fiscal, autoridad administrativa, Tribunal de Cuentas o Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears.
Pendientes de tramitar: denuncias recibidas pendientes de iniciar el análisis previo de verosimilitud que determinará el inicio del procedimiento de investigación o el archivo.
De acuerdo con la Directiva (UE) 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del derecho de la unión, con efecto directo desde el día 18 de diciembre de 2021, las personas denunciantes tienen derecho a:
También puede consultar el Catálogo de derechos de la persona alertadora-denunciante elaborado por la Red Estatal de Oficinas y Agencias Antifraude.