Las disposiciones anticorrupción del Capítulo 27 del Acuerdo entre Estados Unidos, México y Canadá (USMCA) se destacan como una de las diferencias notables entre el nuevo pacto negociado y su predecesor, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
Si es ratificado por los tres países, el Capítulo 27 obligará a los Estados Unidos, México y Canadá a adoptar o mantener medidas anticorrupción y a la vez fomentar la promoción de organizaciones y campañas anticorrupción, la capacitación de funcionarios públicos y la cooperación transfronteriza entre las autoridades de ejecución de los países firmantes.