El pasado 16 y 17 de octubre se celebró en Barcelona la XIII reunión de la Red de Oficinas y Agencias Anticorrupción, durante la cual se ha tratado la aplicación de la Ley de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción derivada de la transposición en el ordenamiento español de la Directiva UE 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
Además, se aprobó una Declaración para contribuir a la prevención y lucha contra la corrupción, así como a la protección de quienes la denuncian.
En la Declaración de Barcelona se manifiesta la profunda preocupación que supone la supresión y debilitamiento de diversas estructuras e instancias de lucha contra la corrupción, como es el caso de la proposición de ley presentada en el Parlamento de las Islas Baleares el 9 de octubre, por la cual se elimina la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Islas Baleares.
La eliminación de estructuras como las Oficinas y Agencias Anticorrupción debilita el estado de Derecho y es contrario al deber derivado del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16, consistente en construir instituciones sólidas que refuercen el estado de derecho y la justicia. También se recuerda que este tipo de decisiones son contrarias a los compromisos establecidos por la convención de Naciones Unidas contra la corrupción que obligan a los poderes públicos a crearlos o, en su caso, reforzarlos, dotándolos de recursos y medios suficientes que garanticen su eficiente funcionamiento, independencia e imparcialidad.
En la Declaración también se realizan cuatro recomendaciones concretas. En primer lugar, se recomienda que se garantice la independencia de los organismos de prevención y lucha contra la corrupción ya existentes y se refuerce su capacidad mediante la asignación de recursos suficientes y el reconocimiento de las competencias necesarias para el correcto ejercicio de sus funciones
En segundo lugar, se pone énfasis en que las medidas legislativas autonómicas no supongan regresión, retroceso o reducción en la prevención y lucha contra la corrupción ni en el nivel de protección de las personas informantes garantizado en el Estado español a la transposición de la Directiva (UE) 2019/1937, sino la introducción de disposiciones más favorables.
En tercer lugar, la Declaración recomienda que las funciones de prevención y lucha contra la corrupción y la protección de las personas informantes sean ejercidas, en su ámbito territorial, por las autoridades autonómicas existentes, que cuentan con independencia (en la medida en que se configuran como entidades adscritas al Parlamento con especial blindaje) y experiencia acreditada en este ámbito.
La cuarta recomendación es que las medidas y disposiciones adoptadas para la prevención y lucha contra la corrupción y la protección de informantes cuenten con la participación de la sociedad civil organizada y la representación de las personas denunciantes, contribución indispensable, apunta el escrito, para avanzar en la cultura de la integridad y la transparencia, la defensa del interés público y la mejora de la democracia.
Los órganos de la Red que firman esta Declaración de Barcelona son la Oficina Antifraude de Cataluña, la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunidad Valenciana, la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Islas Baleares, la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra y la Oficina Andaluza Antifraude. A título individual, también han firmado la declaración Dª. Rosa M. Sánchez, y SR. Simón Rego Vilar.