Webinar: Implantación de canales internos de información (canales de denuncias)

13 de noviembre de 2023 / BY / IN Eventos

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, incorporó al derecho español la Directiva (UE) 2019/1937.

El Título II de esta Ley, en concreto, el artículo 13, establece la obligatoriedad de las administraciones de disponer de un Sistema interno de información como vía preferente para informar sobre las acciones u omisiones previstas en el artículo 2 de la ley.

El apartado segundo del artículo 5 establece los requisitos que debe cumplir este Sistema interno para garantizar un acceso y una gestión adecuada.

Asimismo, el artículo 7, referido al canal interno de información, establece, entre otras opciones, que las comunicaciones deben poder presentarse por escrito, a través de correo postal, o a través de cualquier medio electrónico habilitado al efecto, añadiendo toda una serie de indicaciones en cuanto a su funcionamiento.

El plazo para la implantación del Sistema Interno de Información está recogido en la Disposición transitoria segunda de la Ley 2/2023 que establece un plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la Ley, para que las administraciones, organismos, empresas y otras entidades obligadas a contar con un Sistema interno de información lo tengan implantado, plazo que se agotó el 13 de junio de 2023.

Esta Disposición prevé asimismo una excepción para los casos de los municipios de menos de 10.000 habitantes, a los que otorga un plazo más amplio para su implantación, hasta el 1 de diciembre de 2023. Asimismo, el artículo 14 de esta Ley contempla la posibilidad de que estos municipios puedan compartir un Sistema interno de información y los recursos destinados a las investigaciones y tramitaciones, entre sí o con cualquier otra administración pública que se ubique dentro del territorio de la comunidad autónoma.

Por lo que respecta a las entidades del sector público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de órganos de las administraciones territoriales, con menos de 50 trabajadores, podrán compartir con la administración de adscripción el sistema interno de información, en los términos que prevé esta misma Ley.

Para ayudarle a dar cumplimiento a la obligación de disponer de un Sistema Interno de Información previsto en la Ley 2/2023, le ofrecemos la posibilidad de asistir al próximo webinar de implantación de canales internos de información (canales de denuncias), que tendrá lugar el próximo 20 de noviembre, de 11 a 12 horas. Esta sesión tendrá una breve introducción sobre los aspectos más relevantes a tener en cuenta, y el resto irá destinado al personal técnico informático que deba implantarla.

Si está interesado, puede inscribirse a través del siguiente formulario:

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